La comercialización
Vencido el contrato (y el periodo de gracia, si existe), la prenda pasa a venta. La NOM-179 obliga a informar en el contrato la fecha de inicio de comercialización. Mientras no se haya vendido, muchas casas todavía permiten desempeñar pagando el adeudo y los cargos por pago tardío.
Las demasías
Si la prenda se vende por más de lo que debías, la diferencia es tuya: demasía = precio de venta − préstamo − intereses − cargos pactados. En Nacional Monte de Piedad el plazo para cobrarlas es de 365 días (su documento de tarifas indica el inicio del plazo de dos formas distintas, así que confirma la fecha en tu contrato). PROFECO publica orientación sobre cómo reclamarlas.
¿Me pueden cobrar más?
El préstamo prendario está garantizado con la prenda: si la venta no alcanza a cubrir el adeudo, en general la casa no te persigue por la diferencia. Revisa la cláusula de tu contrato.
Si tu prenda se perdió o dañó
La NOM-179 exige que las prendas estén aseguradas y prevé la restitución: puedes elegir el valor del avalúo o un bien del mismo tipo, valor y calidad.
Cómo reclamar
Si la casa no te paga las demasías o no respeta el contrato, puedes presentar una queja ante PROFECO. Teléfono del Consumidor: 55 5568 8722 en Ciudad de México y 800 468 8722 sin costo desde el resto del país.